AUSENCIA DE TODO
Por
Peloecaña
¡Cómo nos duele la patria! ¡Cómo nos avergüenza el régimen! ¡Qué abundancia
de ignominia!
Juan Manuel Santos no tiene en su escala de valores el concepto de Patria;
es epígono del régimen que nos sojuzga y es permanente afrenta pública para
Colombia ante el mundo.
El reciente episodio de la invasión a territorio colombiano, en el
Departamento de Arauca, por miembros del ejército venezolano, más de cien; la
instalación de campamentos; la izada del pabellón de esa nación en nuestro
suelo patrio y la permanencia de esos invasores por más de cuatro días, en
nuestro territorio, sin que a los encargados de cuidar nuestra
soberanía les hubiera importado un pito, es la más grave y descarada
humillación al sumiso pueblo colombiano.
Cuando Colombia tenía Constitución Política, antes de que un Congreso
apátrida y unas Cortes descastadas la hubieran reemplazado por el contrato de
adhesión que el Gobierno les aceptó a los guerrilleros de las FARC había estos
cánones en los que algunos ingenuos creíamos:
Artículo 2°: "Son
fines esenciales del Estado:...Defender la independencia nacional, mantener la
integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un
orden justo...".
Artículo 9°: Las relaciones
exteriores del Estado se fundamentan en la soberanía nacional, en el respeto a
la autodeterminación de los pueblos y en el reconocimiento de los principios
del derecho internacional aceptados por Colombia..."
Artículo 101°: "Los
límites de Colombia son los establecidos en los tratados internacionales
aprobados por el Congreso, debidamente ratificados por el presidente de la
República y los definidos por laudos arbitrales en los que sea parte la Nación
..."
Artículo 189°: "
Corresponde al presidente de la República como jefe de Estado, jefe del
Gobierno y suprema autoridad administrativa....2. Dirigir las relaciones
internacionales. Nombrar a los agentes diplomáticos y consulares, recibir a los
agentes respectivos y celebrar con otros Estados y entidades de derecho
internacional tratados o convenios que se someterán a la aprobación del
Congreso. 3. Dirigir la Fuerza Pública y disponer de ella como comandante de
las Fuerzas Armadas de la República. 5. Dirigir las operaciones de guerra
cuando lo estime conveniente. 6. Proveer a la seguridad exterior de la
República, defendiendo la independencia y la honra de la Nación y la
inviolabilidad del territorio, declarar la guerra con permiso del Senado, o
hacerla sin tal autorización para repeler la agresión extranjera; y convenir y
ratificar los tratados de paz, de todo lo cual dará cuenta inmediata al
Congreso...".
Artículo 217°: "La
Nación tendrá para su defensa unas Fuerzas Militares permanente constituidas
por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.
Las Fuerzas Militares
tendrán como finalidad primordial la defensa de la soberanía, la independencia,
la integridad del territorio nacional y del orden constitucional...".
Juan Manuel Santos, presidente fraudulento de Colombia, se ha pasado por la
bragueta todas las normas constitucionales citadas.
Como él hace lo que le da la gana, no defiende la independencia
nacional, ni mantiene la integridad territorial. Por eso le
entregó indefinidamente, y sin condición mínima alguna, a la guerrilla de
las FARC lo que el ciudadano común conoce como zonas de tolerancia.
Juan Manuel Santos, para cumplir su anuncio público de hacer lo que le da
la gana, le ha entregado la soberanía nacional colombiana a su
superior jerárquico en el concierto de las naciones de la URSAL, Unión de
Repúblicas Socialistas de América Latina, Nicolás Maduro.
Por lo mismo renunció, por Colombia y en favor de Venezuela, al principio
elemental del Derecho Internacional Público que consagra la libre determinación
de los pueblos.
Los límites de Colombia ahora son establecidos por lo acordado en La Habana
con las FARC, rechazado por el pueblo colombiano que negó la existencia
de tales acuerdos en el plebiscito del 2 de octubre pasado, con el único
sustento de hacer lo que le da la gana, y que le permite desconocer que la
soberanía reside en el pueblo.
Todas las obligaciones que señalaba la Constitución en su artículo 189°,
propias del Presidente de República, fueron abolidas y subrogadas por la
autónoma decisión de su voluntad, porque "yo
hago lo que me de la gana".
Después del desconocimiento del resultado del plebiscito,
desconocimiento avalado por el Congreso y refrendado por las altas
Cortes, los acuerdos de La Habana reemplazaron el articulo 217° y sólo las
FARC tienen estatus de fuerzas militares omnímodas y las otrora fuerzas
militares institucionales sirven para lo que sirven las bolas del árbol de
navidad. Pura decoración.
Tranquilo presidente Maduro, usted ya le midió el aceite a Juan Manuel
Santos; la próxima incursión del ejército de Venezuela a Colombia puede
afincarse en la ciudad de Arauca, puede ser ejecutada por un batallón completo
y, desde luego, contará con el apoyo de todo el generalato de la Colombia
indigna y mancillada, y no dude que los soldados nuestros serán los encargados
de armar las tiendas de campaña y los campamentos de rigor, y el pabellón
nacional de Venezuela recibirá honores militares de toda la oficialidad del las
Fuerzas Militares Colombianas.
Pero eso si, como la pedagogía para la paz está de moda, bien puede enviar
un destacamento militar venezolano para que nuestros militares aprendan el
Himno Nacional de esa Nación. ¡Ni más faltaba!
Además no se preocupe presidente Maduro, que la canciller colombiana no
sabe de notas de protesta, ni de llamado a consulta de nuestro embajador en
Caracas.
Señor Fiscal Martínez Neira, si este episodio no cumple con los requisitos
para configurar la tipicidad de traición a la Patria no se
preocupe, que sobran los parlamentarios de la bancada de la mesa de unidad que
harán fila para presentar el proyecto de ley que derogue el artículo
455° del Código Penal que aún rige.