jueves, 28 de abril de 2016





EL  SAINETE DE LA DESIGNACION DEL FISCAL. Segundo acto.


Por Peloecaña

Puso el Presidente de la República el punto bien alto como paradigma de burla a la opinión, a los juristas y a la Constitución, al inventarse la apertura de inscripción para quienes ilusos querían aspirar a la terna que el primer mandatario debía presentar a la Corte Suprema de Justicia, para que la corporación judicial escogiera el Fiscal General de la Nación.

Como de lo que se trata en este régimen farandulero y espectacular es establecer cómo las lentejuelas y alamares brillan más en el  traje de luces que la hondura, profundidad, valor y arrojo de los toreros, la Corte Suprema se ha inventado una ceremonia más para el paseillo.

Los integrantes de la terna mixta de diestrísimos maestros, antes de acudir a la barrera a entregar sus capotes de paseo y  al palco de la presidencia a desmonterarse y hacer la venia de rigor, deben pasar por las cámaras de la televisión para que la asistencia a los tendidos los oiga uno por uno y, en un plazo irrevocable de 15 minutos, hablar de cómo van a desarrollar la faena de la corrida. 

Por extraña coincidencia, cada faena taurina dura aproximadamente el  mismo tiempo y a veces el torero, al final de la corrida,  sale en hombros o en medio de una ensordecedora silbatina, cuando no le devuelven el toro vivo a los corrales, por haberse espantado y dado un petardo monumental.

Dice el artículo 249º de la Constitución Política que el Fiscal General de la Nación será elegido por la Corte Suprema de Justicia, de terna enviada por el Presidente de la República, pero no establece la norma cómo se escoge la terna en mención.

Parece que el Presidente, en una declaratoria pública de imbecilidad a todos los colombianos, asumió motu proprio que para que la corrida fuera mas expectante había que conformar el cartel, convocando a todos los maletillas y novilleros simultáneamente con los diestros más conocidos y mejores lidiadores que, desde luego, ya habían sido contratados previamente y en silencio.

Sin embargo, los apoderados de uno de los diestros de más postín, como tenían el antecedente de la venta de Isagen, fueron a nominar su poderdante, como único matador, a sabiendas de la catadura de tahúr del que siempre juega con las cartas marcadas. Creyeron que la subasta, perdón, la terna debía ser solamente de uno.  

Pero, ¡oh marrulla! la voluntad de tan connotados apoderados fue ignorada y el matador lidiador de mil corridas quedó fuera del cartel.

¡Quien dijo miedo! Como desconocieron nuestro pupilo, todas la cuadrillas y ganaderías y  representadas por nosotros, dueños de la fiesta brava, serán retirados del espectáculo.

Puesto el conejo por el Presidente, las autoridades de la plaza que han de definir el ganador del trofeo de la feria, lo mismo que con la inscripción de aspirantes a fiscal, para hacer más apetecible el espectáculo deciden que todos los ternados han de defender su prestancia, en interrogatorio público, trasmitido por la televisión oficial, en menos de lo que dura la suerte de  capa, el tercio de varas y la faena de muleta y, desde luego, la suerte suprema, o sea las sentencias condenatorias o absolutorias que serán proferidas según la divisa a que pertenezca el toro en turno. Mas que la calidad de la faena, la muerte o el indulto están indisolublemente ligados a la ganadería.

No tengo duda de la prestancia personal y profesional de los ternados por el Presidente; ellos,  por autoestima y por la valía que ostentan, no han de prestarse al espectáculo televisivo al que la honorable Corte Suprema de Justicia los quiere someter.

Definitivamente, para los Magistrados, la justicia sigue siendo un espectáculo circense.

Si el artículo constitucional citado reza, refiriéndose a las calidades que el Fiscal General de la Nación debe cumplir: "Debe reunir las mismas calidades exigidas para ser magistrado de la Corte Suprema de Justicia", es de perogrullo que merece el mismo tratamiento respetuoso que los honorables Magistrados.

¿Por qué serían tan necios los Constituyentes de 1991 que olvidaron señalar que la configuración de la terna que nos ocupa debía ser escogida por el Presidente, previa convocatoria multitudinaria a inscripción de los aspirantes a figurar en ella, y que una vez presentada a consideración de la Corte la elección debía estar sometida al juicio popular, después de que los ternados hubieran posado intelectualmente, por lo menos, durante 15 minutos ante las cámaras de la televisión?


¡Ni tanto honor ni tanta indignidad!

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