EL FISCAL AD HOC
Por Peloecaña
Que filón tan inagotable es la ciencia jurídica, especialmente para
nosotros los apasionados cultores de tan cautivante disciplina
intelectual.
El anónimo analista periodístico de la publicación Semana, que hoy se ocupa
del tema de la conformación de la terna presentada por el Presidente de la
República, para que la Corte Suprema de justicia designe un Fiscal "ad
hoc", para el caso puntual de las actitudes corruptas de la empresa brasilera
Odebrecht, fiel a la consuetudinaria actitud de ese medio de objetar todo lo
que tiene la firma del Primer Mandatario, le encuentra peros a todos los
ternados, y no le falta sino reclamar la competencia exclusiva y excluyente
para sí, de esa función.
A mi me corresponde, por vocación, hacer el análisis jurídico de esa
coyuntura institucional.
Si nos atenemos al tenor literal de la expresión "ad hoc", no
podemos ocuparnos en disquisiciones y especulaciones sobre lo que el aforismo
latino significa; simple y llanamente en buen romance castellano, traduce: "para esto".
Dice el artículo 249º de nuestra Constitución en su párrafo segundo: "El fiscal general de la Nación será
elegido para un período de cuatro años por la Corte Suprema de Justicia, de
terna enviada por el Presidente de la República y no podrá ser reelegido. Debe
reunir las mismas calidades exigidas para ser magistrado de la Corte suprema de
justicia."
El artículo 232 de la misma Constitución reza:
"Para ser magistrado
de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado se requiere:
1 Ser colombiano de
nacimiento y ciudadano en ejercicio.
2 Ser abogado.
3 No haber sido condenado
por sentencia judicial a pena privativa de la libertad, excepto por delitos
políticos o culposos.
4 Haber desempeñado,
durante diez años, cargos en la Rama Judicial o en el Ministerio Público, o
haber ejercido, con buen crédito, por el mismo tiempo, la profesión de abogado,
o la cátedra universitaria en disciplinas jurídicas en establecimientos
reconocidos oficialmente."
"Parágrafo: Para ser
magistrado de estas corporaciones no será requisito pertenecer a la carrera
judicial."
Como al periodista no le interesa la parte jurídica, entonces empieza a
glosar los ternados así: "Margarita Leonor cabello, quien en el 2009 fue
ternada por el entonces Presidente Álvaro Uribe Vélez para que reemplazara
en la Dirección de la Fiscalía General de la Nación a Virginia Uribe."
"Fernando Espinosa es Decano Ejecutivo de la Escuela Mayor de Derecho
de la Universidad Sergio Arboleda, Alma Mater del Presidente Duque."
"Gloria María González, Secretaria Jurídica de la Casa de
Nariño."
"El ADN de la terna para fiscal ad hoc. Si hay algo que une a
Margarita Cabello, Clara María González y Fernando Espinosa es
Álvaro Uribe o su tendencia política."
Démonos cuenta, cómo quedaron de mal acostumbrados por el Dr. Duque, los
amigos de Juan Manuel; hubiera sido mejor una terna de santistas declarados.
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