viernes, 30 de agosto de 2019




CARTA ABIERTA AL SEÑOR PRESIDENTE DE LOS COLOMBIANOS



Señor Doctor
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
Presidente la República
Presente.

Excelentísimo señor Presidente, reciba un respetuoso y patriótico saludo, junto con nuestros fervientes votos por su bienestar personal y el buen éxito de su gestión.

En ejercicio del Derecho de Petición, consagrado en el artículo 23º de nuestra Constitución, comedidamente nos permitimos solicitar de usted, al tenor de lo señalado en los artículos 103º y 104º del  mismo Estatuto Constitucional, lo siguiente:

Como es de público conocimiento, que determina la existencia de un hecho notorio y, por tanto, no necesita ser probado, en el mes de octubre del año 2016, el Presidente de entonces, Juan Manuel Santos Calderón, convocó a los ciudadanos colombianos para que, a través de uno de los "mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito..." , refrendara los acuerdos pactados en La Habana con la guerrilla de las FARC.

Ese mecanismo esta nítidamente instituido en el artículo 103º precitado que a la letra dice: "Artículo 103º. Son mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato. La ley los reglamentará." 

El artículo 104º de la Constitución dice: " El presidente de la República, con la firma de todos los ministros y previo concepto favorable del Senado de la República, podrá consultar al pueblo decisiones de trascendencia nacional. La decisión del pueblo será OBLIGATORIA. La consulta no podrá realizarse en concurrencia con otra elección."

En la campaña electoral  de 2010 nunca oímos la paz con las Farc, como programa de gobierno del candidato Santos, tampoco en la de su reelección de 2014; pero dentro de sus intenciones siempre estuvo esa paz deshonrosa e indigna.

Después de 4 años de negociaciones, en La Habana, el 26 de agosto de 2016, el gobierno Santos y las Farc firmaron el acuerdo final.

El 23 de junio del mismo año, los firmantes de la paz cubana, habían pactado su refrendación a través de un plebiscito y, en cumplimiento de lo convenido, Santos convocó ese plebiscito, en los términos de los artículos 103º y 104º de la Constitución.

Los contratantes se la jugaron entera, como cualquier jugador de cartas, apostaron los restos al plebiscito, porque los acuerdos de La Habana, necesitaban el visto bueno del pueblo, que tuvo lugar el 2 de octubre de 2016.

Los tres poderes del Estado se embarcaron en la nave de la refrendación plebiscitaria y no ahorraron esfuerzos para lograr el triunfo del SI; todo el peso del Ejecutivo, presidencia y agencias estatales nacionales, gobernadores y alcaldes y la clase política amiga del régimen cerraron filas entorno al buen éxito del SI; sin rubor ni ambages pusieron toda la presión de la maquinaria oficial; abusaron del derecho; le hicieron fraude a la ley; violaron toda la legislación electoral vigente, para inclinar la voluntad popular a favor de la fementida paz; hasta fondos de Odebrecht, la más grande empresa contratista de América, aportó su influencia  corruptora a favor del SI, porque ya el jefe de la delegación gubernamental  en La Habana lo había advertido: si gana el NO los acuerdos de la Habana no existen.

Pero, ¡oh sorpresa! contra todo presagio y, a pesar de las condiciones adversas, los partidarios del NO ganamos y, desde luego, se cumplieron las predicciones del Dr. Humberto de la Calle Lombana, los acuerdos de La Habana fueron un engendro no nato, inviable.

Pero el Presidente Santos no estaba dispuesto a sufrir tamaño revés. Convocó el 23 de octubre, a la Casa de Nariño, a los líderes de la campaña por el NO, dizque a revisar el texto de los acuerdos inviables,  no natos, y varios de ellos, señor Presidente Duque, entre los que estaba usted, asistieron a Palacio y festinaron el triunfo del NO, en el plebiscito.

Lo más triste de todo, es que aceptaron modificar el resultado de la voluntad mayoritaria del pueblo, sin ser titulares de personería alguna, para tomar tan nefanda decisión.

No existe en la legislación colombiana norma alguna, ni constitucional ni legal, que prevea que personas, por prestantes y eminentes que sean, puedan derogar, modificar o revocar la voluntad popular, menos en tratándose de "decisiones de trascendencia nacional".

Por eso, señor Presidente, Iván Duque Márquez, con sentimientos de consideración y respeto le solicitamos ahincadamente cumpla el resultado final del plebiscito del 2 de octubre de 2016, como lo manda el artículo 104º de la Constitución arriba citado.

Hijos de ese engendro repudiable, son las curules de las Farc en el Congreso y la Jep.

Atentamente, 

Peloecaña




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